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COLOMBIA
| Índice AI: | de setiembre de |
| [Embargado hasta el 7 de septiembre de 2006] | Público |
Colombia
Temor e intimidación
Los peligros del trabajo por los derechos humanos
| 7 de septiembre de 2006 | Resumen | Índice AI: AMR 23/033/2006 |
El presidente Álvaro Uribe tomó posesión de su cargo por segunda vez el 7 de agosto de 2006, tras haber ganado las elecciones del 28 de mayo de 2006. En junio de 2002, antes de asumir por primera vez la presidencia, había prometido entablar un diálogo entre organizaciones de la sociedad civil y los ministerios del Interior y Justicia y el de Defensa sobre el modo de proporcionar protección efectiva a los defensores y defensoras de los derechos humanos víctimas de amenazas y sobre cómo hacer frente a la connivencia entre agentes estatales y grupos paramilitares.
El presente informe muestra que, a pesar de las reiteradas promesas oficiales de poner fin al hostigamiento de los defensores y defensoras de los derechos humanos, continúan los atentados, las amenazas y la intimidación contra ellos en forma de cargos penales falsos y acciones judiciales infundadas, campañas de difamación y operaciones de vigilancia.
El objetivo de los atentados y la intimidación parece claro: crear un clima de temor para disuadir a los defensores y defensoras de los derechos humanos de continuar con su trabajo. La gran mayoría de las amenazas y atentados son obra, al parecer, de las fuerzas de seguridad y sus aliados paramilitares, pero Amnistía Internacional ha recibido también informes sobre abusos cometidos por miembros de la guerrilla.
Los defensores y defensoras de los derechos humanos son también víctimas de detención y acciones judiciales arbitrarias e infundadas, entabladas contra ellos para desacreditar su labor. Tal hostigamiento resta además tiempo y recursos al trabajo en favor de los derechos humanos, ya que quienes lo realizan no pueden hacerlo por estar detenidos o tener que ocuparse de defenderse de los cargos presentados contra ellos.
Amnistía Internacional documenta en este informe varios casos de defensores de los derechos humanos que fueron amenazados o agredidos por grupos paramilitares después de haber sido puestos en libertad o absueltos de cargos penales infundados. A algunos los mataron inmediatamente después de haber quedado en libertad.
El presidente Uribe y otros altos cargos del gobierno y del Estado han agredido verbalmente a defensores y defensoras de los derechos humanos, tachándolos en público de "subversivos". Este tipo de declaraciones generales menoscaban el trabajo de los defensores y defensoras de los derechos humanos y pueden dar lugar a que las fuerzas de seguridad ataquen a defensores y defensoras de los derechos humanos y a líderes comunitarios durante las operaciones de inteligencia y contrainsurgencia. Amnistía Internacional considera motivo de preocupación la relación entre estas declaraciones en que se asocia a los defensores y defensoras de los derechos humanos con la subversión y la constante de amenazas, allanamientos, acciones judiciales arbitrarias y detenciones de que son víctimas estas personas.
A quien más afecta el largo conflicto interno de Colombia es a las comunidades marginadas, cuya voz raras veces se oye: las comunidades afro-descendientes e indígenas, los campesinos y los habitantes de los barrios marginales de las ciudades, muchos de los cuales han sido ya desplazados de sus hogares originales. Estos grupos se han organizado cada vez más para defender sus derechos y, al hacerlo, se han convertido en víctimas de graves amenazas y atentados.
Los defensores y defensoras de los derechos humanos trabajan por toda Colombia, incluidas algunas de las regiones más remotas e inaccesibles del país. Es gracias a su trabajo que los abusos contra los derechos humanos cometidos fuera de Bogotá llegan a llamar la atención de la opinión pública. Sin embargo, funcionarios públicos locales, miembros de las fuerzas de seguridad y paramilitares que prefieren que no salgan a la luz tales abusos han impedido a menudo a los activistas locales realizar este trabajo tachándolos de subversivos o de ser miembros de la guerrilla.
Poco después de tomar posesión de su cargo en 2002, el presidente Uribe entabló conversaciones de paz con los paramilitares. El consiguiente marco jurídico establecido para regular el proceso de desmovilización ha recibido duras críticas tanto de organizaciones nacionales e internacionales de derechos humanos como de organismos internacionales como la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de los Estados Americanos (OEA), que consideran que no cumple las normas internacionales relativas al derecho de las víctimas a la verdad, a la justicia y a la reparación, y que exacerba el problema endémico de la impunidad en Colombia.
Como ponen de relieve algunos de los casos expuestos en el presente informe, quienes se han atrevido a criticar el proceso de desmovilización y a combatir la impunidad de las violaciones cometidas durante el conflicto armado, como los defensores y defensoras de los derechos humanos, han sido objeto de amenazas generalizadas y persistentes.
Debido a la presión nacional e internacional, las autoridades colombianas se han visto obligadas a tomar medidas para proteger a los defensores y defensoras de los derechos humanos. Con tal fin se han establecido varios programas administrados por el Ministerio del Interior y Justicia. Sin embargo, los defensores y defensoras de los derechos humanos han expresado su preocupación por diversos aspectos de estos programas. Sobre todo han puesto en tela de juicio la eficacia de las medidas adoptadas dado que continúan siendo víctimas de homicidio, amenazas, intimidación y atentados. Amnistía Internacional cree que estos programas de protección no son lo suficientemente globales como para tener efectos a largo plazo en las condiciones extremadamente adversas en que los defensores y defensoras de los derechos humanos trabajan en Colombia.
Las investigaciones de Amnistía Internacional indican que la cuestión fundamental sigue siendo la profunda hostilidad que algunos sectores del gobierno y las fuerzas de seguridad muestran hacia el trabajo de defensa de los derechos humanos y la falta de voluntad política para poner fin a la impunidad de los delitos contra defensores y defensoras de los derechos humanos e identificar y poner a disposición judicial a quienes los cometen.
El Estado tiene la obligación de garantizar que los defensores y defensoras de los derechos humanos pueden realizar su trabajo libremente, sin intromisiones ni temor a las amenazas, las represalias y la discriminación. En el marco de las medidas que es necesario tomar para garantizar este derecho, el presidente Uribe y su gobierno deben mostrar públicamente el firme compromiso de apoyar las actividades legítimas tanto de los defensores y defensoras de los derechos humanos que trabajan en grandes organizaciones de derechos humanos de ámbito nacional como de los que realizan su labor en organizaciones locales de base o en sus propias comunidades.
Este texto resume el documento titulado Colombia: Temor e intimidación. Los peligros del trabajo por los derechos humanos (Índice AI: AMR 23/033/2006), publicado por Amnistía Internacional el 7 de septiembre de 2006. Si desean más información o emprender acciones al respecto, consulten el documento completo. En el sitio web http://www.amnistiainternacional.org encontrarán una amplia selección de materiales de AI sobre éste y otros asuntos. Los comunicados de prensa de la organización pueden recibirse por correo electrónico solicitándolo en la dirección:
http://www.amnesty.org/email/email_updates.html
SECRETARIADO INTERNACIONAL, 1 EASTON STREET, LONDON WC1X 0DW, REINO UNIDO
Traducción de Editorial Amnistía Internacional (EDAI), España
| [Embargado hasta el 7 de septiembre de 2006] | Público |
Colombia
Temor e intimidación
Los peligros del trabajo por los derechos humanos
ÍNDICE
Capítulo 1: Los defensores y defensoras de los derechos humanos y el conflicto armado 4
Capítulo 2: Amenazas contra defensores y defensoras de los derechos humanos 7
Defensores y defensoras de los derechos humanos trabajando a nivel nacional 8
Defensores y defensoras de los derechos humanos trabajando a nivel regional 9
Capítulo 3: Investigaciones infundadas contra defensores y defensoras de los derechos humanos 12
Capítulo 4: Homicidios de defensores y defensoras de los derechos humanos 17
Capítulo 5: La protección de los defensores y defensoras de los derechos humanos en Colombia 24
El programa de protección del Ministerio del Interior y Justicia 24
Medidas y políticas del gobierno 25
Los archivos de los servicios de inteligencia militar 27
Capítulo 6: La respuesta internacional 27
Capítulo 7: Conclusiones y recomendaciones 29
Recomendaciones 31
Temor e intimidación: Los peligros del trabajo por los derechos humanos
Introducción
Los defensores y defensoras de los derechos humanos son agentes esenciales en la lucha por los derechos políticos, sociales y económicos. Debido a la posición que ocupan al frente de la defensa y la promoción de los derechos humanos, a menudo están especialmente expuestos a sufrir atentados e intimidación, sobre todo en el contexto de conflictos armados internos como el colombiano. Aunque en los últimos años se ha observado en Colombia una reducción de ciertas formas de violencia, los atentados contra defensores y defensoras de los derechos humanos persisten. El objetivo de los autores de los atentados y la intimidación parece claro: crear un clima de temor que disuada a otros defensores y defensoras de los derechos humanos de continuar realizando su trabajo. Muchas personas dedicadas a la defensa de los derechos humanos en Colombia reciben amenazas con tanta frecuencia, que casi han llegado a considerarlas parte de su trabajo. La gran mayoría de las amenazas y atentados parecen obra de las fuerzas de seguridad y sus aliados paramilitares, pero Amnistía Internacional ha recibido también informes de abusos cometidos por miembros de la guerrilla.
Los defensores y defensoras de los derechos humanos: ¿quiénes son? Son todos los hombres y mujeres cuyas acciones individuales o colectivas contribuyen a la eliminación efectiva de todas las violaciones de derechos fundamentales.
¿En virtud de qué normas internacionales tienen los Estados la obligación de proteger a los defensores y defensoras de los derechos humanos?
En diciembre de 1998, la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU) adoptó la Declaración sobre el Derecho y el Deber de los Individuos, los Grupos y las Instituciones de Promover y Proteger los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales Universalmente Reconocidos (Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos), que es un conjunto de principios basados en normas jurídicas contenidas en el derecho internacional de los derechos humanos.
En la Declaración se establecen los derechos de los defensores y defensoras de los derechos humanos y las libertades y actividades específicas fundamentales para su trabajo. Entre tales disposiciones figuran el derecho a conocer, recabar, obtener, recibir y poseer información sobre todos los derechos humanos y libertades fundamentales; el derecho a participar en actividades pacíficas contra las violaciones de derechos humanos; el derecho a presentar críticas y denuncias si los gobiernos no cumplen las normas de derechos humanos, y el derecho a hacer propuestas de mejora.
Los gobiernos de las Américas han reconocido en varias resoluciones la importancia de las personas, grupos y organizaciones no gubernamentales que promueven los derechos humanos. La más reciente de estas resoluciones relativas a los defensores y defensoras de los derechos humanos fue adoptada por la Organización de los Estados Americanos (OEA) en junio de 2006.(1)
Como miembro de la ONU y la OEA, Colombia ha contraído voluntariamente el compromiso jurídico de respetar las disposiciones de numerosos tratados internacionales y regionales de derechos humanos. Asimismo, la Constitución colombiana establece la supremacía de los tratados internacionales sobre toda la legislación nacional.(2)
Álvaro Uribe Vélez tomó por segunda vez posesión del cargo de presidente el 7 de agosto de 2006, tras haber ganado las elecciones del 28 de mayo de 2006. En junio de 2002, antes de que ocupara por primera vez el cargo, se reunió con organizaciones de la sociedad civil para hablar de cuestiones de derechos humanos, incluida la situación de los defensores y defensoras de los derechos humanos. Prometió entablar un diálogo entre estas organizaciones y los ministerios del Interior y Justicia y el de Defensa para determinar cómo garantizar protección efectiva a los defensores y defensoras objeto de amenazas y cómo tratar la connivencia entre agentes estatales y grupos paramilitares. Muchos defensores y defensoras de los derechos humanos piensan que estas promesas no se han mantenido. Además de los atentados y amenazas documentados en este informe, estas personas han recibido también agresiones verbales en público del propio presidente y otros altos cargos del gobierno y el Estado, que las han tachado de "subversivos".
Las declaraciones públicas generalizadas que menoscaban la legitimidad de los defensores y defensoras de los derechos humanos han debilitado las medidas adoptadas por el gobierno para mejorar su protección. De hecho, tales declaraciones han dado indirectamente autorización a las fuerzas de seguridad para atacar a defensores y defensoras de los derechos humanos y a líderes comunitarios durante operaciones de inteligencia y contrainsurgencia.
Se ha sometido a defensores y defensoras de los derechos humanos a detención y a procedimientos judiciales arbitrarios con objeto de desacreditar su labor. Tales procedimientos, a los que se suele dar considerable publicidad en los medios de comunicación, han tenido también el efecto de ayudar a los grupos paramilitares a señalar a defensores específicos contra los que atentar. Amnistía Internacional ha documentado varios casos de defensores que han sufrido amenazas y atentados de grupos paramilitares después de haber sido puestos en libertad y absueltos de cargos penales infundados. A algunos los mataron poco después de quedar en libertad.
Amnistía Internacional considera que existe una estrategia coordinada de las fuerzas de seguridad y los grupos paramilitares para menoscabar a los defensores y defensoras de los derechos humanos desacreditando la legitimidad de su trabajo por medio de intimidación y atentados. Como muestra el presente informe, los defensores y defensoras cuyo trabajo es de ámbito local corren aún más riesgo.
La profunda hostilidad mostrada por miembros de las fuerzas armadas y sus aliados paramilitares hacia los defensores y defensoras de los derechos humanos y su idea de que las actividades de derechos humanos son sinónimo de acciones guerrilleras han sido documentadas por Amnistía Internacional en anteriores informes sobre la situación de los defensores y defensoras de los derechos humanos de Colombia. Esta hostilidad persiste y continúa traduciéndose en intimidación, hostigamiento y atentados.(3) Para que la protección sea efectiva, el gobierno debe tomar medidas enérgicas para combatir la impunidad de los delitos contra los defensores y defensoras de los derechos humanos y reducir la hostilidad hacia su trabajo entre los miembros de las fuerzas de seguridad.
La información ofrecida en el presente informe está basada en investigaciones realizadas por Amnistía Internacional entre 2002 y principios de 2006. La organización envió delegaciones a Colombia en abril de 2004 y febrero de 2006 para reunir información. Sus integrantes se reunieron con representantes de diversas organizaciones e instituciones, como la Procuraduría General de la Nación,(4) la Fiscalía General de la Nación,(5) la oficina del programa de protección del Ministerio del Interior y Justicia, organizaciones no gubernamentales (ONG) y defensores y defensoras de los derechos humanos que han sido víctimas de violaciones de derechos humanos.
Amnistía Internacional ha publicado varios informes sobre la situación de los defensores y defensoras de los derechos humanos en Colombia durante el último decenio.(6) En este informe se actualiza toda esa investigación. Se explica en él cómo los defensores y defensoras de los derechos humanos de Colombia continúan expuestos a sufrir amenazas, homicidio e investigaciones criminales infundadas. El informe muestra cómo representantes del gobierno y funcionarios públicos siguen haciendo declaraciones difamatorias sobre el trabajo de estas personas para menoscabar su legitimidad. Pone de relieve cómo se recurre a la vigilancia de la policía y las fuerzas de seguridad, la detención arbitraria y las investigaciones criminales infundadas para intimidar a los defensores y defensoras de los derechos humanos. Asimismo, revela la relación existente entre estas acciones arbitrarias y los consiguientes atentados y amenazas de fuerzas paramilitares. El informe acaba con una serie de recomendaciones al gobierno colombiano y a la comunidad internacional para garantizar que se respeta en Colombia el derecho a defender los derechos humanos y que se pone a disposición judicial a los responsables de violaciones de los derechos de los defensores y defensoras de los derechos humanos.
Capítulo 1: Los defensores y defensoras de los derechos humanos y el conflicto armado
Los civiles son las principales víctimas del largo conflicto armado interno que enfrenta en Colombia a las fuerzas de seguridad y a sus aliados paramilitares con las fuerzas de la guerrilla. Todas las partes en el conflicto han cometido violaciones de derechos humanos e infracciones del derecho internacional humanitario. En los últimos 20 años, el conflicto se ha cobrado la vida de al menos 70.000 personas, la gran mayoría de las cuales eran civiles que no tomaban parte en las hostilidades. Más de tres millones de personas se han visto desplazadas internamente, y muchas han "desaparecido".
Las fuerzas de seguridad colombianas han adoptado con el tiempo una estrategia de contrainsurgencia centrada fundamentalmente en menoscabar el apoyo que, a su juicio, presta la población civil a la guerrilla. En virtud de esta estrategia, los civiles de las zonas en conflicto son considerados a menudo, no como víctimas de la guerrilla, sino como parte del enemigo. Tal actitud ha conducido al hostigamiento y la estigmatización sistemáticos de grupos considerados "favorables" a la guerrilla, como los defensores de los derechos humanos, los líderes campesinos, los sindicalistas, los representantes comunitarios y las comunidades civiles de las zonas de aparente importancia militar o económica.
Las fuerzas de la guerrilla también son responsables de infracciones reiteradas y generalizadas del derecho internacional humanitario, como homicidios arbitrarios de personas que consideraban que estaban del lado de sus enemigos, secuestros y utilización de personas como rehenes, abusos sexuales y otras formas de violencia contra las mujeres y ataques indiscriminados y desproporcionados contra objetivos militares en los que se han producido a menudo bajas civiles. Asimismo, las fuerzas de la guerrilla han matado a personas que consideraban contrarias a sus intereses, incluidos defensores de los derechos humanos.
La impunidad sigue siendo un gran impedimento en Colombia. Los autores de violaciones de derechos humanos saben que no van a ser llevados ante la justicia aunque haya pruebas sólidas contra ellos. Su presencia a pesar de todo en las comunidades es una clara señal de que la lucha por la justicia y el respeto de los derechos humanos será difícil y, a menudo, peligrosa.
Las fuerzas de seguridad han tratado de mejorar su imagen con respecto a los derechos humanos dejando a sus aliados paramilitares cometer violaciones de derechos humanos y negando luego que estén actuando con su consentimiento, su apoyo o, a veces, su coordinación directa.
Poco después de tomar posesión de su cargo en agosto de 2002, el presidente Álvaro Uribe Vélez adoptó nuevas medidas de seguridad de línea dura, la denominada "política de seguridad democrática".(7) Esta estrategia adoptada en materia de seguridad ha vuelto a la población civil aún más vulnerable a los abusos de los grupos armados ilegales y las fuerzas de seguridad. Debido a mecanismos como la red de informantes y el ejército de soldados campesinos, la distinción entre combatientes y civiles resulta menos clara, por lo que éstos corren mayor riesgo de verse arrastrados al conflicto.
El conflicto armado interno tiene repercusiones en toda la sociedad colombiana, pero los sectores más afectados son las comunidades marginadas, cuya voz raras veces se escucha, a saber: las comunidades indígenas afro-descendientes, los campesinos y los habitantes de los barrios marginales de las ciudades, muchos de los cuales han sido ya desplazados de sus hogares originales.
Estos grupos se han ido organizando y se niegan cada vez más a ser meras cifras en las estadísticas de víctimas de homicidio o "desaparición". A medida que partes cada vez mayores de la población han ido tomado conciencia de sus derechos, han hecho oír su voz y formulado sus reivindicaciones. Con el apoyo y la cooperación de ONG ya establecidas de ámbito nacional, en Colombia han podido crecer muchas de estas organizaciones locales de base. Las organizaciones nacionales dependen de la información que les transmiten organizaciones populares locales de zonas rurales. Las organizaciones locales, por su parte, pueden beneficiarse del apoyo que pueden prestarles las de ámbito nacional haciendo públicos los abusos contra los derechos humanos a escala nacional e internacional y llevando casos al sistema de justicia nacional o a organismos internacionales.
Desmovilización de los grupos paramilitares(8)
Poco después de tomar posesión de su cargo en 2002, el presidente Álvaro Uribe entabló conversaciones de paz con los paramilitares. A diferencia de lo ocurrido en un diálogo mantenido anteriormente con la guerrilla, no ha habido en estas conversaciones prácticamente ninguna participación de la sociedad civil colombiana ni de la comunidad internacional, con excepción de la OEA. Este hecho refleja el profundo escepticismo y preocupación con que la sociedad civil y la mayoría de los gobiernos extranjeros ven el proceso.
El marco jurídico establecido para regular el proceso de desmovilización ha sido muy criticado por las organizaciones nacionales e internacionales de derechos humanos, así como por organismos internacionales como la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA, que consideran que no cumple las normas internacionales relativas al derecho de las víctimas a la verdad, ala justicia y a la reparación, y que exacerba el problema endémico de la impunidad en Colombia.(9)
A juzgar por información publicada por los medios de comunicación, se ha desmovilizado a más de 30.000 paramilitares. Sin embargo, sigue habiendo paramilitares activos, a menudo con nombres nuevos, en zonas supuestamente desmovilizadas, donde continúan cometiendo violaciones de derechos humanos. Hay también indicios sólidos de que persiste la vinculación entre los paramilitares y las fuerzas de seguridad. Asimismo, se teme que las políticas adoptadas por el gobierno para reincorporar a miembros de grupos armados ilegales a la vida civil entrañen el riesgo de que sean "reciclados" para devolverlos al conflicto.
El 19 de mayo de 2006, la Corte Constitucional de Colombia declaró inconstitucionales muchos de los principios fundamentales de la Ley de Justicia y Paz, que había sido aprobada en 2005 con el objeto de facilitar la supuesta desmovilización de los paramilitares respaldados por el ejército. Amnistía Internacional teme que el marco jurídico general de la desmovilización de los grupos armados ilegales, incluida la Ley de Justicia y Paz, siga siendo incompatible con las normas internacionales de derechos humanos relativas al derecho a la verdad, a la justicia y a una reparación. Información publicada por los medios de comunicación durante junio de 2006 sugiere que el gobierno colombiano está intentando promulgar un decreto que menoscabaría, de hecho, toda mejora de la ley a que pueda dar lugar el fallo de la Corte Constitucional.
Capítulo 2: Amenazas contra defensores y defensoras de los derechos humanos
El proceso de desmovilización de los grupos paramilitares y su impacto sobre la situación de los derechos humanos llevan años figurando entre los principales puntos de la agenda política de Colombia. Los defensores de los derechos humanos han exigido el fin de la impunidad de los abusos contra los derechos humanos cometidos durante el conflicto armado. Han documentado y difundido casos y buscado justicia a través de los tribunales. Muchas de las personas que exigen justicia y hacen campaña para conseguirla han sido objeto de amenazas y atentados, perpetrados contra ellas para hacerlas callary para proteger a los responsables de los abusos contra los derechos humanos.
El Estado tiene la obligación de investigar las amenazas y atentados contra defensores de los derechos humanos, pero en Colombia tales investigaciones raras veces permiten llevar a los responsables ante la justicia. El hecho de que el Estado no cumpla esta obligación es en sí mismo otra forma de hostigamiento.
El proceso oficial de desmovilización de los miembros de los grupos paramilitares y la guerrilla comenzó en 2003 y, según el gobierno, gracias a él en 2006 se habrá desmovilizado totalmente a los paramilitares. Sin embargo, Amnistía Internacional ha observado con gran preocupación que hay organizaciones de derechos humanos y defensores de los derechos humanos que continúan recibiendo amenazas de grupos paramilitares. Desde comienzos de 2006 y especialmente durante la campaña electoral, la mayoría de las grandes organizaciones de derechos humanos de ámbito nacional han recibido amenazas firmadas por grupos que se describen a sí mismos como "nuevos" grupos paramilitares.
Los grupos paramilitares utilizan diversos métodos para amenazar a los miembros de las organizaciones de derechos humanos y a los defensores de los derechos humanos. Cualesquiera que sean las amenazas, su finalidad es clara: intentar silenciar a los defensores de los derechos humanos y obligarlos a dejar de realizar su esencial labor. A veces, las amenazas se hacen en público –por ejemplo, los paramilitares han enviado a la prensa copias de mensajes de correo electrónico o han amenazado por teléfono a los defensores cuando participaban en programas de radio–. Otras veces se envía la amenaza a través de un mensajero, y es también frecuente que los defensores de los derechos humanos denuncien que están siendo seguidos o que su casa o su oficina están bajo vigilancia.
Defensores y defensoras de los derechos humanos trabajando a nivel nacional
Iván Cepeda, miembro fundador de la organización de derechos humanos Fundación Manuel Cepeda, recibió una amenaza de muerte por correo electrónico el 30 de abril de 2006. Iba firmada por un nuevo grupo paramilitar que se daba en llamar Autodefensas Campesinas Nueva Generación, y decía "Nuestra razón de ser hoy esta mas (sic.) vigente que nunca, la defensa de la libertad y la democracia Colombiana (sic.) y hasta que no cese el ultimo (sic.) fusil guerrillero opresor del pueblo Colombiano (sic.) seguiremos en armas combatiendo la guerrilla utilizando todos los medios que estén a nuestro alcance".
Al mismo tiempo, el chófer de Iván Cepeda, Embarth Barrios Guzmán, comunicó que había visto varias veces un camión blanco aparcado enfrente de su casa. Sus ocupantes ocultaban la cara cada vez que salía alguien de la vivienda. El 24 de mayo de 2006, Embarth Barrios Guzmán recibió una amenaza de muerte por teléfono. Le decían que lo iban a matar "por trabajar para un guerrillero". Al día siguiente, observó otra vez que había dos vehículos desconocidos delante de su casa y tomó nota del número de matrícula de uno de ellos. La policía confirmó que el número correspondía a un vehículo oficial, pero no ofreció más detalles.
La Fundación Manuel Cepeda desempeña una importante función en el seno del Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado, coalición de ONG que hace campaña contra la impunidad de las violaciones de derechos humanos cometidas por agentes estatales o sus aliados paramilitares. Junto con muchas organizaciones y defensores de los derechos humanos de Colombia, ha criticado la aprobación de la Ley de Justicia y Paz, que establece un marco jurídico para el proceso de desmovilización.
El 8 de mayo de 2006, la Corporación Colectivo de Abogados "José Alvear Restrepo", que ofrece defensa jurídica a víctimas de violaciones de derechos humanos, recibió un correo electrónico en el que la amenazaba con sufrir graves consecuencias si no ponía fin a su labor en favor de los derechos humanos.
El mensaje procedía de una dirección en la que figuraba la frase "Colombia Libre", nombre utilizado en su sito web por las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), organización que aglutina a diversos grupos paramilitares. Recibieron también copias de la amenaza varias organizaciones más. Los autores del mensaje advertían: "Vamos a hacer ver a la comunidad internacional que en realidad ustedes no son más que protectores de terroristas, fomentadores del terrorismo a gran escala".
La Corporación está trabajando sobre varios casos notorios en los que se han visto implicados mandos militares, y también ha criticado la Ley de Justicia y Paz y el proceso de desmovilización. Debido a sus actividades, sus miembros han recibido reiteradas amenazas de muerte de los paramilitares y críticas de autoridades del gobierno.
La Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (CODHES) es una organización que trabaja con comunidades desplazadas por el conflicto armado. Junto con otras 19 organizaciones de derechos humanos, el 20 de mayo de 2006 recibió por correo electrónico amenazas de muerte de un grupo autodenominado Colombia Libre de Comunistas. Además de tacharles de comunistas y partidarios de organizaciones guerrilleras izquierdistas, en el mensaje se decía a los destinatarios: "Ya sabrán (sic) ustedes algo mas (sic) de nosotros ahora que continuaremos en el poder...de la mano de la fuerza armada legitima (sic) colombiana limpiando de nuestros campos y ciudades a arrodillados como ustedes". Asimismo, se amenazaba a los defensores de los derechos humanos con lo siguiente: "Abstenganse (sic) de venir a seguir jodiendo con su tema de los derechos humanos y al (sic) educacion y las (sic) desigualdadesa (sic) y todo eso que se viven inventando, aquí (sic) lo que tenemos es trabajo que hacer…Limpiar de nuestra tierra a elementos improductivos (sic) como ustedes, (sic) Estan (sic) todos advertidos estas todos bien ubicados".
Hay informes según los cuales el mismo grupo envió otra amenaza de muerte a la CODHES y a 25 organizaciones más el 24 de mayo de 2006. En esta ocasión se decía que el mensaje procedía de un grupo armado "en pie de lucha" contra quienes no quisieran que el actual gobierno continuara en el poder.
Defensores y defensoras de los derechos humanos trabajando a nivel regional
Los defensores de los derechos humanos que desarrollan actividades de ámbito regional suelen ser las únicas personas sobre el terreno que denuncian públicamente los abusos contra los derechos humanos y las políticas públicas que contravienen las normas de derechos humanos. Si los abusos contra los derechos humanos que se cometen fuera de Bogotá y en las zonas rurales llaman la atención de la opinión pública es gracias al trabajo de estas personas, que es esencial. Sin embargo, funcionarios públicos, miembros de las fuerzas de seguridad y paramilitares que prefieren que la injusticia y los abusos no salgan a la luz los han tachado de subversivos y los han relacionado con la guerrilla.
Los defensores que trabajan en la ciudad de Barrancabermeja y otras partes del departamento de Santander han sido objeto de constantes atentados en años anteriores. Muchos lo han pagado con su vida. No obstante, a pesar de los riesgos, se han negado a guardar silencio.
Departamento de Santander
La Corporación Regional para la Defensa de los Derechos Humanos (CREDHOS) documenta y difunde la grave crisis de derechos humanos de Barrancabermeja y otras localidades del departamento de Santander. Muchas de las violaciones de derechos humanos que saca a la luz son obra de paramilitares. A pesar de haberse puesto en práctica programas de desmovilización progresiva en diciembre de 2005 y en enero, febrero y marzo de 2006, en Barrancabermeja continúan las violaciones de derechos humanos cometidas por grupos paramilitares. Muchos miembros de CREDHOS han sido amenazados debido a su trabajo, y algunos han tenido que marcharse de la ciudad porque temían por su vida.(10)
El 24 de mayo de 2005, dos hombres armados que circulaban en una motocicleta se aproximaron a una estudiante a la que habían confundido con una compañera de clase suya, Georgina Morales, miembro del grupo de jóvenes de CREDHOS. Al percatarse de su error, le dijeron que advirtiera a su compañera de que tenía que marcharse de Barrancabermeja en tres días. Al parecer, éste fue el segundo intento de agresión que sufría Georgina Morales.
David Ravelo Crespo, secretario general de CREDHOS, recibió, según informes, varias amenazas de muerte por teléfono en la oficina de la Corporación en mayo de 2005. El 31 de mayo de 2005, un hombre llamó a la oficina diciendo que iban a matar a David Ravelo Crespo. En ese momento, éste se hallaba oculto en Bogotá, pues temía por su seguridad. Al parecer había sido seguido por presuntos miembros de grupos paramilitares, respaldados por el ejército, activos en Barrancabermeja.(11)
Según informes, desde finales de 2005 circula en Barrancabermeja una "lista de muerte" paramilitar en la que figuran los nombres de gran numero de destacados defensores de los derechos humanos, sindicalistas, periodistas y otros líderes políticos y sociales de la localidad que llevan años condenando las actividades paramilitares.
En abril de 2006, CREDHOS informó de que le habían comunicado que David Crespo y otros dos miembros de CREDHOS iban a morir a manos de un grupo de asesinos a sueldo.
Departamento de Meta
El Comité local de derechos humanos en la comunidad de Puerto Toledo, municipio de Puerto Rico, departamento de Meta, colabora con organizaciones nacionales de derechos humanos para sacar a la luz las violaciones de derechos humanos que se cometen.
Según informes, en enero de 2006 los paramilitares entraron en la comunidad de Puerto Toledo al menos en dos ocasiones, con objeto especialmente de enterarse del paradero de miembros del Comité local de derechos humanos. La primera vez fue el 2 de enero por la mañana, cuando accedieron a la comunidad aparentemente sin ningún problema a pesar de haber una fuerte presencia militar cerca de allí.(12)
El 27 de enero de 2006, hacia las siete y media de la mañana, varios paramilitares que viajaban en cuatro motocicletas volvieron a entrar, según informes, en Puerto Toledo para preguntar otra vez por el paradero de Abel Gil Martínez, líder de la comunidad y miembro de la comisión local de derechos humanos. Buscaban también información sobre otros defensores de los derechos humanos, pues preguntaron: "¿Dónde están los miembros de la comisión de derechos humanos de las Juntas de Acción Comunal? Díganles que den la cara, el que no debe no teme, por qué no enfrentan?" Al caer la tarde habían entrado en la comunidad más de 100 paramilitares y había otros rodeándola. Resulta preocupante que pudieran acceder a la comunidad y rodearla a pesar de la presencia, según informes, de unidades de dos batallones de contrainsurgencia cerca de allí.
A finales de 2005 y principios de 2006, la comisión informó de numerosos homicidios y "desapariciones" cometidos en los municipios de Puerto Rico, Puerto Lleras y Vistahermosa. Estas violaciones de derechos humanos fueron perpetradas, presuntamente, por paramilitares que trabajaban con unidades de las fuerzas de seguridad adscritas al Plan Patriota, ofensiva militar contra la guerrilla llevada a cabo con asesores militares estadounidenses.
Estos casos ponen de relieve las amenazas generalizadas y persistentes de que son objeto los defensores de los derechos humanos que se atreven a criticar el proceso de desmovilización y hacer frente a la impunidad de las violaciones de derechos humanos cometidas en el conflicto armado. El problema es de tal magnitud que no puede resolverse brindando simplemente protección a los defensores de los derechos humanos en el marco del programa de protección del Ministerio del Interior y Justicia. A fin de poner fin al hostigamiento y las intimidaciones de que son objeto los defensores de los derechos humanos, las autoridades deber atajar el problema de raíz y combatir la impunidad. Para apoyar y fomentar el trabajo de los defensores de los derechos humanos es esencial garantizar que tales violaciones de derechos humanos se investigan debidamente.
Capítulo 3: Investigaciones infundadas contra defensores y defensoras de los derechos humanos
Los defensores de los derechos humanos están al frente de los esfuerzos por consolidar el Estado de derecho, proteger los derechos humanos de las personas y pedir investigaciones judiciales y procesamientos efectivos. Paradójicamente, la primera línea de defensa de los defensores de los derechos humanos, a saber, la ley y el sistema judicial, también puede ser utilizada indebidamente para someterlos a hostigamiento e intimidación, iniciando investigaciones criminales infundadas contra ellos.
Las autoridades parecen estar haciendo uso indebido de la ley, al abrir investigaciones sobre cargos falsos o infundados contra defensores de los derechos humanos a fin de estigmatizarlos, hostigarlos e impedirles realizar su labor. Cuando son sometidos a investigación o detenidos es habitual tacharlos en los medios de comunicación de "subversivos" o de partidarios de grupos subversivos. Estas prácticas pueden afectar gravemente a la capacidad de los defensores para realizar su trabajo, pues les obligan a centrar su atención en la necesidad de defenderse de los cargos penales presentados contra ellos. Tal es el caso en especial de los defensores de los derechos humanos que trabajan en pequeñas organizaciones locales de base.
Cuando se les da amplia publicidad, los cargos penales potencialmente falsos pueden no sólo menoscabar la credibilidad del trabajo de los defensores de los derechos humanos, sino también hacer que éstos corran el riesgo de sufrir agresiones físicas a manos de grupos paramilitares. Amnistía Internacional teme que las investigaciones judiciales contra defensores formen parte de una estrategia dirigida a reducirlos al silencio y a desacreditarlos, a la vez que se desvía la atención de las violaciones de derechos humanos que sacan a la luz.
De acuerdo con el derecho internacional, los gobiernos tienen el deber de proteger a los defensores de los derechos humanos. Esta obligación no sólo es aplicable en el caso de las agresiones físicas y otros tipos de hostigamiento, sino que abarca también el deber de tomar medidas efectivas para garantizar que los agentes estatales actúan en el marco del Estado de derecho.
La Comisión Intereclesial de Justicia y Paz (Justicia y Paz) es una organización dedicada a proporcionar asesoramiento jurídico, entablar demandas judiciales y documentar violaciones de derechos humanos. Debido a su trabajo directo con comunidades locales sobre cuestiones como el desplazamiento interno, la impunidad y los derechos de las comunidades indígenas y afro-descendientes, quienes no desean que se revele información sobre los abusos contra los derechos humanos la tachan de subversiva. Algunos de sus miembros han sido acusados de "corrupción" y "rebelión" en procesos judiciales que se cree que han presentado graves deficiencias y se han iniciado sin ningún fundamento.
En agosto de 2003, el entonces jefe de las Fuerzas Armadas general Jorge Enrique Mora Rangel anunció que se habían iniciado investigaciones judiciales contra varios miembros de Justicia y Paz. Durante la conferencia de prensa convocada para anunciarlo se hicieron declaraciones que daban a entender que Justicia y Paz apoyaba a la guerrilla. Asimismo se acusó a la organización de robar fondos públicos destinados a la construcción de viviendas para personas desplazadas internamente en 1997 que regresaban a la cuenca del río Cacarica en el municipio de Riosucio, departamento de Chocó. Al parecer se proporcionó a miembros de la prensa documentos a los que sólo el fiscal y los acusados debían tener acceso por ser reserva del sumario. Esta conferencia de prensa tuvo lugar poco después de haber emitido la Corte Constitucional una decisión por la que se permitía a Justicia y Paz participar en unos procedimientos judiciales en los que se investigaban más de 200 violaciones de derechos humanos cometidas presuntamente por paramilitares y por la XVII Brigada del ejército en 1997 y 1998 en los departamentos de Chocó y Antioquia.
Justicia y Paz no fue informada de la investigación abierta contra ella y sus miembros en agosto de 2003. Las autoridades no se lo confirmaron hasta que intervino la CIDH. La organización recibió sólo información limitada sobre las acusaciones formuladas contra ella, por lo que resultaba difícil preparar bien su defensa.
Las investigaciones criminales iniciadas contra Justicia y Paz en 2003 se cerraron en noviembre de 2004, debido en parte a que se determinó que los procedimientos eran arbitrarios, pues testigos reconocieron que les habían pagado para que declararan en falso. Sin embargo se ha tenido noticia de nuevas investigaciones y ordenes de detención contra miembros de la organización. En febrero de 2006, Justicia y Paz manifestó que tenía conocimiento de investigaciones y órdenes de detención contra más de 20 miembros suyos y de las comunidades que ellos acompañan. Entre éstos figuraban líderes de las comunidades afro-descendientes del Curvaradó y el Jiguamiandó, en el departamento de Chocó.
Amnistía Internacional teme que las nuevas investigaciones abiertas contra miembros de Justicia y Paz estén también basadas en acusaciones cuestionables. Según la información recibida, se ha utilizado la misma declaración de testigos en varios procesos judiciales, la primera vez en el marco de las investigaciones iniciadas en 2003 y cerradas posteriormente. Algunos de los informantes que van a declarar en contra de Justicia y Paz tienen, al parecer, intereses económicos en explotaciones de proyectos de palma africana en las cuencas fluviales de Jiguamiandó y Curvaradó.
El 15 de agosto de 2005, Amnistía Internacional recibió información que indicaba que un grupo paramilitar se estaba preparando para matar a líderes de las comunidades del Jiguamiandó y el Curvaradó y a miembros de Justicia y Paz si los procesos judiciales no daban resultado.
- Hermes Vallejo Jiménez, líder campesino del departamento de Tolima y cofundador de la Asociación de Pequeños y Medianos Agricultores de Tolima (ASOPEMA), fue detenido por las fuerzas de seguridad en Bogotá el 13 de agosto de 2003. Su detención formaba parte de una serie coordinada de arrestos masivos llevados a cabo en los municipios de Villahermosa, Libano y Falán, en el departamento de Tolima.
Hermes Vallejo fue detenido en virtud de las declaraciones de dos ex presuntos guerrilleros, que se admitieron como prueba a pesar de contener evidentes inexactitudes y de no proporcionar información específica sobre las presuntas actividades delictivas del detenido. Según los informes, uno de los dos informantes explicó claramente en su declaración que la información de que disponía procedía de documentos de los servicios de inteligencia militar. El tribunal que vio la causa contra Hermes Vallejo y otras personas más determinó que el otro informante también había tenido acceso a acusaciones formuladas en documentos de los servicios de inteligencia.
Unas investigaciones disciplinarias llevadas a cabo por el procurador general sacaron a la luz datos según los cuales a los dos testigos que habían declarado en contra de Hermes Vallejo les habían ofrecido dinero y apoyo para conseguir sus certificados de reinserción en la vida civil a cambio de que declararan en contra de varias personas. Aunque tales investigaciones no parecen haber determinado que fuera así en el caso concreto de Hermes Vallejo, sus resultados ponen en entredicho la validez y fiabilidad de los testimonios de los dos informantes. El 26 de octubre de 2004, el tribunal encargado del caso declaró que los cargos contra Hermes Vallejo eran infundados y lo dejó en libertad bajo fianza. En el momento de redactar el presente informe, el fiscal había interpuesto un recurso de apelación. El temor a ser agredido por paramilitares si regresa al departamento de Tolima ha obligado a Hermes Vallejo a vivir como desplazado interno, lejos de su hogar y su trabajo.
Luis Torres, defensor de los derechos humanos de la comunidad de El Salado, en el municipio de El Carmen de Bolívar, departamento de Bolívar, fue detenido el 26 de mayo de 2005 por agentes de la Fiscalía General de la Nación y de su Cuerpo Técnico de Investigaciones. Fue acusado de rebelión y de pertenecer al grupo guerrillero Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC).
Según informes, las únicas pruebas que había contra Luis Torres eran el testimonio de un ex miembro de las FARC participante en el programa estatal de reinserción. De acuerdo con el informante, Luis Torres había proporcionado a la FARC información gracias a la cual se había llevado a cabo un ataque en el que dos miembros de su comunidad habían muerto y otro se había quedado incapacitado permanentemente. Luis Torres negó los cargos, manifestando que Alfonso Mena, una de las dos personas presuntamente muertas en el ataque, estaba todavía vivo y que el hombre con incapacidad había sufrido la lesión años antes, en un accidente de equitación. Según informes, el 3 de junio de 2005, Alfonso Mena se presentó en la Fiscalía General de la Nación para testificar, y el 8 de junio Luis Torres quedó en libertad condicional. Sin embargo, la investigación continúa abierta, a pesar de las manifiestas irregularidades de las pruebas.
Como presidente de la Asociación de Desplazados de la comunidad del corregimiento de El Salado (ASODESBOL), Luis Torres ha representado a su comunidad ante las autoridades en relación con dos masacres perpetradas por paramilitares y con el regreso en condiciones de seguridad a El Salado de los miembros de la comunidad que han huido a causa de amenazas de las FARC.(13)
Tras quedar en libertad en junio de 2005, Luis Torres se vio obligado a marcharse de Cartagena, convirtiéndose así en desplazado interno por segunda vez. Ha continuado con su trabajo en favor de los derechos humanos, pero ha dimitido de la presidencia de la ASODESBOL porque cree que no puede seguir representando a su comunidad si no puede vivir allí.
El 21 de agosto de 2003, 42 personas, entre ellas José Murillo Tobo, presidente del Comité Regional de Derechos Humanos "Joel Sierra" y beneficiario de medidas cautelares de la CIDH, fueron detenidas por miembros de la XVIII Brigada y agentes de la Fiscalía General de la Nación.
Poco antes de la detención de José Murillo Tobo, el Comité Regional de Derechos Humanos "Joel Sierra" había revelado que los paramilitares actuaban en connivencia con las fuerzas de seguridad en el municipio de Saravena, departamento de Arauca, y sacado a la luz una serie de violaciones de derechos humanos cometidas en el departamento por paramilitares y miembros de las fuerzas de seguridad que actuaban juntos o por separado. Las circunstancias de la detención hacían temer que las pruebas contra José Murillo Tobo estuvieran basadas en información de los servicios de inteligencia militar y de informantes pagados. Entre las pruebas figuraban los testimonios de cuatro testigos que se creía que eran ex miembros de grupos armados ilegales acogidos al programa de reinserción del gobierno en virtud del Decreto 128.
Príncipe Gabriel González, miembro del Comité de Solidaridad con los Presos Políticos (CSPP) de la ciudad de Bucaramanga, departamento de Santander, fue detenido en la ciudad de Pamplona, departamento de Norte de Santander, el 4 de enero de 2006. Fue acusado de rebelión y conducido a Bucaramanga. Su detención estaba basada en las declaraciones de dos informantes y en datos de informes de los servicios de inteligencia de las fuerzas de seguridad.
El principal testigo de cargo era, al parecer, un ex guerrillero que, en una rueda de reconocimiento, había identificado a Príncipe Gabriel González como presunto jefe de las FARC. Aunque dijo que lo había visto al menos siete veces, no pudo hacer una descripción física de él en ninguna de las dos declaraciones hechas antes de la detención de Príncipe Gabriel González. La segunda declaración utilizada en las pruebas también la hizo, al parecer, una guerrillera desmovilizada. En enero de 2005, esta testigo acudió a las oficinas del CSPP para confesar que había hecho una declaración en contra de Príncipe Gabriel González, coaccionada por miembros de la policía y el Cuerpo Técnico de Investigaciones de Bucaramanga. Amnistía Internacional considera también motivo de preocupación que, según los datos disponibles, en los informes de los servicios de inteligencia sobre Príncipe Gabriel González se calificara su trabajo en pro de los derechos humanos de "actividades delictivas".
Antes de su detención, Príncipe Gabriel González había recibido amenazas de los paramilitares en varias ocasiones y había denunciado que estaba siendo vigilado por unos desconocidos.(14) Había denunciado las amenazas y estaba acogido a un programa de protección.
Estos y otros casos de detención indican que las autoridades están utilizando cargos penales de rebelión para silenciar y estigmatizar a los defensores de los derechos humanos. No sólo su detención les ha impedido físicamente continuar con su trabajo, sino que, además, en muchos casos el estigma continúa tras quedar en libertad, a veces porque las causas iniciadas contra ellos siguen abiertas. Asimismo, en muchos casos se han hecho públicos sus nombres en los medios de comunicación locales y se les ha presentado a la opinión pública como si fueran guerrilleros. Estas medidas pueden afectar a su credibilidad dentro de su comunidad y disuadir a la gente de participar en actividades organizadas por ellos por temor a que se la relacione con la guerrilla. Muchos defensores de los derechos humanos temen que las acusaciones formuladas contra ellos y la publicidad que se les da sirvan para señalarlos y dejarlos aún más expuestos a los ataques de los paramilitares.
Capítulo 4: Homicidios de defensores y defensoras de los derechos humanos
El conflicto de Colombia sigue estando en un nivel crítico, y todas las partes son responsables de crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad y otros delitos tipificados en el derecho internacional, incluidos homicidios, "desapariciones", tortura y secuestros. Aunque el número de homicidios y secuestros de civiles ha disminuido en algunas partes del país, los defensores de los derechos humanos y otros grupos participantes en el debate público sobre los derechos humanos o en los esfuerzos por sacar a la luz las violaciones de derechos humanos continúan siendo objeto de atentados.
Los casos expuestos a continuación muestran hasta qué punto los defensores de los derechos humanos de Colombia están pagando con su vida su compromiso con los derechos humanos. Muchos de los que han muerto habían sido víctimas de amenazas, intimidación, vigilancia constante y falsos cargos penales. Algunos estaban acogidos a medidas de protección del gobierno.
Los defensores de los derechos humanos que combaten la impunidad de las violaciones de derechos humanos sacando a la luz la relación entre los paramilitares y las fuerzas de seguridad corren especial riesgo.
Alfredo Correa, reconocido profesor universitario, murió el 17 de septiembre de 2004 en Barranquilla, departamento de Atlántico. Dispararon contra él y contra su guardaespaldas, Eduardo Ochoa, a las dos y veinte de la tarde a la entrada de un supermercado cercano a su casa. Según testigos, los autores de los disparos eran dos hombres armados que circulaban a gran velocidad en una motocicleta y que se cree que eran miembros de un grupo paramilitar. Eduardo Ochoa murió inmediatamente, y Alfredo Correa, poco después, en el hospital.
Una semana antes de morir, había presentado un estudio sobre la crisis de derechos humanos que afectaba a numerosas personas desplazadas internamente en los departamentos de Atlántico y Bolívar. La presentación tuvo lugar en un acto público en el que Alfredo Correa también criticó la falta de medidas del gobierno para proporcionar a los desplazados internos la seguridad a que tenían derecho.
Ese mismo año, el 17 de junio de 2004, Alfredo Correa había sido detenido por los servicios de inteligencia civil, el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), y conducido a Cartagena, acusado de rebelión. La investigación judicial abierta contra él estaba basada, según informes, en datos proporcionados por tres informantes pagados, que eran guerrilleros desmovilizados y que afirmaron que era un dirigente de las FARC y que se había reunido con el presidente de Venezuela para establecer una sección de éstas allí. Alfredo Correa quedó en libertad un mes después, tras demostrar su abogado que las declaraciones de los testigos de cargo eran testimonios "clonados" de unos utilizados ya en contra de otra persona, sin más cambios que el nombre del acusado.(15)
En abril de 2006, un ex alto cargo del DAS, detenido en enero de 2005 y acusado de corrupción, informó de que había revelado información que indicaba que el DAS había proporcionado una lista de nombres de defensores de los derechos humanos, líderes sindicales, profesores universitarios y estudiantes a los jefes del Bloque Norte de las AUC para que los mataran. Según informes, el nombre de Alfredo Correa figuraba en la lista. El semanario Semana y otras revistas colombianas afirman haber podido verificar esta información con otras fuentes.(16) Informan también de que a algunas de las personas cuyos nombres aparecían, presuntamente, en la "lista de muerte" las mataron y que la mayoría habían recibido amenazas de muerte o habían sido detenidas por las autoridades. Según el alto cargo del DAS, agentes de éste y miembros de las AUC a las órdenes del jefe paramilitar "Jorge 40" mataron en noviembre de 2003 a Zully Codina Pérez, enfermera de un hospital en Santa Marta, departamento de Magdalena. Según informes, anteriormente había sido detenida por las fuerzas de seguridad, que la dejaron después en libertad.
Campesinos y Comunidades de Paz
Muchos campesinos y comunidades afro-descendientes han respondido a las agresiones de todas las partes en el conflicto. Han exigido que las partes respeten su derecho a no verse arrastrados al conflicto y a recibir la protección debida a los civiles. Se niegan a llevar armas o a proporcionar información o apoyo logístico a uno y otro bando y no quieren que ninguna de las partes en el conflicto cruce los límites de sus comunidades. Algunas de estas comunidades se dan en llamar comunidades de paz.(17)
Sin embargo, el presidente Uribe se ha negado a aceptar sus argumentos, afirmando que "nadie puede ser neutral en la lucha del Estado contra cualquier modalidad criminal".(18) La política de seguridad del gobierno ha estado basada en la participación directa de la población civil en el conflicto como "campesinos soldados"(19) o informantes pagados.(20) Quienes se niegan a aceptar esta participación directa y continúan denunciando las violaciones de derechos humanos y criticando las políticas del gobierno han sido acusados de colaborar con la guerrilla. Se ha condenado específicamente y convertido en objeto de agresiones directas a líderes locales y a representantes de comunidades de paz y otras poblaciones similares elegidos democráticamente.
Las comunidades de afro-descendientes del Jiguamiandó y el Curvaradó
Las comunidades afro-descendientes de las cuencas fluviales de Jiguamiandó y Curvaradó han sufrido numerosas violaciones de derechos humanos a manos de las fuerzas de seguridad y sus aliados paramilitares. Asimismo, las fuerzas de la guerrilla han matado a algunos de sus miembros.
A principios de 1997, millares de habitantes del norte del departamento de Chocó se vieron desplazados a la fuerza a raíz de una ofensiva conjunta del ejército y los paramilitares en la región.(21) Posteriormente, muchas de las personas desplazadas regresaron y consiguieron derechos de propiedad colectiva sobre unas 100.000 hectáreas de tierra en los sistemas fluviales del Curvaradó y el Jiguamiandó.
Desde su regreso, las comunidades han sido objeto de reiteradas amenazas de muerte y violaciones de derechos humanos a manos de paramilitares que actúan en connivencia con las fuerzas de seguridad. Estos abusos han coincidido con actividades de empresas que se dedican a la plantación de palma africana en tierras de las que las comunidades tienen títulos de propiedad colectiva.
La CIDH ha señalado que la plantación de palma africana llevada a cabo por empresas en tierras pertenecientes a las comunidades del Curvaradó y el Jiguamiandó se ha hecho "con ayuda de la protección armada perimetral y concéntrica de la Brigada XVII del Ejército y de civiles armados en sus factorías y bancos de semillas".(22)
Orlando Valencia, activista de derechos humanos de la comunidad de la cuenca del río Curvaradó, en el departamento de Chocó, fue detenido por la policía el 15 de octubre de 2005 en Belén de Bajira. Viajaba con otros nueve miembros de su comunidad, un abogado de Justicia y Paz y un observador de la organización canadiense Proyecto Acompañamiento y Solidaridad Colombia (PASC), cuando, hacia la nueve de la mañana, la policía les dio el alto. Según testigos, cerca del lugar donde les hicieron detenerse había un vehículo con tres conocidos paramilitares. A las doce y media de la tarde ya los habían dejado en libertad a todos, pero les siguieron unos paramilitares. Dos de éstos se acercaron a Orlando Valencia en una motocicleta y le ordenaron subir a ella diciendo: "vamos o si no lo pelamos aquí". Se fueron por la carretera en dirección al municipio de Chigorodó, en el vecino departamento de Antioquia. El 24 de octubre de 2005 se encontró el cadáver de Orlando Valencia en el río León, en un lugar situado a 30 minutos por carretera del municipio de Chirigorodó. Le habían disparado en la frente y tenía marcas de ataduras en las muñecas.
Orlando Valencia era uno de los líderes de las comunidades afro-descendientes que luchaban por sus derechos colectivos,(23) reivindicaban la titularidad de las tierras, denunciaban los problemas medioambientales de las plantaciones de palma africana y pedían a las autoridades que respetaran sus derechos como civiles en el conflicto armado.
Se había opuesto públicamente a la presunta ocupación ilegal de las tierras colectivas de las comunidades de las cuencas de los ríos Jiguamiandó y Curvaradó para la plantación de palma africana por poderosos sectores económicos con ayuda de grupos paramilitares.
El 17 de febrero de 2006, la policía judicial capturó a un conocido paramilitar por su presunta participación en el homicidio de Orlando Valencia. Según informes, había trabajado para empresas que tenían plantaciones de palma africana en la región. Resulta preocupante que no se detuviera de inmediato a este paramilitar, cuando, según informes, estaba en contacto constante con las fuerzas de seguridad y se había dictado una orden de detención contra él el 15 de diciembre de 2005.
Los líderes comunitarios y otras personas de las cuencas del Curvaradó y el Jiguamiandó que han mostrado abiertamente su apoyo a la lucha de estas comunidades por su derecho a las tierras y protestado contra las empresas que cultivan palma africana en sus tierras colectivas sin su permiso han recibido amenazas y han sido criticados públicamente por funcionarios del Estado. En varios casos se han presentado cargos falsos contra ellos (véase el capítulo 3). La CIDH y funcionarios del Estado colombianos han reconocido la relación existente entre las amenazas contra estas comunidades y las plantaciones ilegales de palma africana. Sin embargo, se han hecho pocos progresos en las investigaciones criminales sobre violaciones de derechos humanos contra miembros de las comunidades del Jiguamiandó, el Curvaradó y otras zonas que reivindican su derecho a no verse involucradas en el conflicto, como las de Cacarica (departamento de Chocó) y San José de Apartadó (departamento de Antioquia). Sí han avanzado, en cambio, procesos judiciales potencialmente cuestionables entablados contra miembros de estas comunidades.
La Comunidad de Paz de San José de Apartadó(24)
La Comunidad de Paz de San José de Apartadó se formó en 1997. Tanto las fuerzas de seguridad y sus aliados paramilitares como la guerrilla de las FARC la han acusado de cooperar con sus enemigos. Desde la creación de la comunidad, más de 160 de sus miembros han sido víctimas de homicidio o "desaparición", la gran mayoría a manos de miembros de las fuerzas de seguridad y de paramilitares aliados con ellos, y el resto a manos de las FARC.
El actual gobierno se ha negado reiteradamente a hacer valer el derecho de los civiles a no verse arrastrados al conflicto y ha intentado activamente hacer participar a la población civil en operaciones militares o de inteligencia. El 20 de marzo de 2005, poco después del homicidio del líder comunitario Luis Eduardo Guerra (véase infra), el presidente Uribe acusó a algunos dirigentes de la Comunidad de Paz de San José de Apartadó de tener vínculos con las FARC e intentar poner obstáculos a la justicia.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos, de la OEA, ha pedido a las autoridades colombianas que tomen las debidas medidas para garantizar la seguridad de los miembros de la comunidad de paz, la última vez en una resolución del 15 de marzo de 2005, pero no parece que se le haya hecho caso.
A Luis Eduardo Guerra, líder de la Comunidad de Paz de San José de Apartadó que luchaba por el derecho de ésta a no verse arrastrada al conflicto armado, y a su familia, los secuestraron y mataron el 21 de febrero de 2005.
El día del homicidio, Luis Eduardo Guerra estaba recolectando cacao en sus campos, junto con su compañera, Bellanyra Areiza Guzmán; su hijo de 11 años, Deiner Andrés Guerra, y otra persona que fue testigo de lo ocurrido y prefiere no identificarse. Hacia las 11 de la mañana un grupo de hombres armados que, al parecer, se identificaron como miembros del ejército colombiano, aparecieron allí y secuestraron a Luis Eduardo Guerra y a su familia. Según informes, la cuarta persona escapó. Al día siguiente fue a buscar a Luis Eduardo Guerra y vio rastros de sangre en la casa y restos humanos fuera de ella, por lo que informó de ello a las autoridades. El 25 de febrero de 2005, funcionarios de la Fiscalía General y la Procuraduría General viajaron a la zona para investigar lo sucedido. Según informes, se encontraron cinco cadáveres desmembrados en dos fosas cavadas cerca de la casa; y en una tercera fosa situada entre las zonas de Mulatos y La Resbalosa, pertenecientes también a la comunidad de paz, aparecieron los cuerpos de Luis Eduardo Guerra, Bellanyra Areiza Guzmán y Deiner Andrés Guerra.
Según testigos, hubo miembros de la XVII Brigada del ejército colombiano en la zona de Mulatos desde el 21 de febrero de 2005, fecha del presunto homicidio de Luis Eduardo Guerra. En abril de 2005, un miembro de la Brigada dijo a Amnistía Internacional que no había tropas a menos de dos días de viaje de la zona cuando se cometieron los homicidios el 22 de febrero de 2005. Sin embargo, la información que el ejército proporcionó a Amnistía Internacional contradice tal afirmación, pues de acuerdo con ella el 21 de febrero de 2005 había soldados en la zona de Bellavista de San José de Apartadó.
No ha habido avances sustanciales en las investigaciones de estos y otros homicidios de miembros de la comunidad de paz de San José de Apartadó a pesar del establecimiento de una comisión especial para investigar violaciones de derechos humanos cometidas contra la comunidad. Amnistía Internacional considera asimismo motivo de preocupación que, según informes, el sistema de justicia militar esté llevando a cabo una investigación paralela sobre los homicidios, a pesar de haberse indicado el año pasado que el asunto estaba en manos del sistema de justicia civil exclusivamente. El sistema de justicia militar ha garantizado reiteradamente la impunidad de personal de las fuerzas de seguridad acusado de violaciones de derechos humanos, incluso cuando han existido sólidas presunciones de hecho contra él.
A lo largo de los años, altos cargos públicos han acusado reiteradamente a la Comunidad de Paz y a sus dirigentes de colaborar con la guerrilla. Presuntamente, la XVII Brigada ha intentado ejercer presión sobre miembros de la comunidad para que testificaran en falso en procesos iniciados contra líderes comunitarios por cargos aparentemente infundados. El 15 de abril de 2004, la Corte Constitucional admitió una acción de tutela en favor de la comunidad de paz.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha adoptado medidas provisionales en favor de las comunidades de los ríos Jiguamiandó y Curvaradó y de la comunidad de paz de San José de Apartadó. Ha pedido al gobierno colombiano que tome medidas efectivas para proteger a las comunidades y a sus líderes. Sin embargo, se han seguido cometiendo violaciones de derechos humanos contra ellos.
El trabajo de los defensores de los derechos humanos de las zonas en conflicto o de interés económico y militar estratégico es esencial para garantizar que la información sobre las violaciones de derechos humanos cometidas en ellas llame la atención de la opinión pública. Estas personas son a menudo la única fuente de información sobre la situación de los derechos humanos en zonas remotas del país. Amnistía Internacional considera motivo de gran preocupación que las autoridades colombianas no investiguen las agresiones contra estas comunidades y sus líderes ni pongan a disposición judicial a los responsables. Tal inacción resulta especialmente preocupante en los casos en que hay razones para creer que miembros de las fuerzas armadas o de la policía están implicados en delitos cometidos contra defensores de los derechos humanos. Incluso si las violaciones de derechos humanos no forman parte de una política oficial del gobierno, éste se convierte en cómplice si no toma medidas efectivas para prevenirlas o investigarlas.
Teresa Yarce, activista de la Asociación de Mujeres de Las Independencias (AMI), murió a causa de un disparo el 6 de octubre de 2004 en la Comuna 13, distrito pobre de Medellín, departamento de Antioquia. Según testigos, el hombre que disparó contra ella vivía en una zona vecina y era un conocido miembro de un grupo paramilitar. Unas tres horas después de que Teresa Yarce fue alcanzada por el disparo, un conocido paramilitar se acercó a otra miembro de la AMI que había presenciado lo sucedido y le dijo que los paramilitares lo estaban celebrando. Amenazó con matarla a ella y a otra miembro de la AMI que había estado detenida junto con Teresa Yarce en 2002.
La AMI forma parte de la Ruta Pacífica de las Mujeres, red de organizaciones de mujeres que trabajan por la paz. Junto con otras miembros de la AMI, Teresa Yarce se dedicaba a promocionar los derechos humanos, animando a la gente a denunciar las violaciones de derechos humanos y a hacer campaña contra la militarización de la zona y el creciente control paramilitar del vecindario. También había sacado a la luz casos de corrupción de autoridades municipales.
Desde 2002, Teresa Yarce y otras miembros de la AMI habían recibido reiteradas amenazas de muerte. El 12 de noviembre de 2002, fue detenida junto con dos compañeras suyas y acusada de rebelión. Sólo cuatro días antes había participado en una reunión con el gobierno municipal sobre las violaciones de derechos humanos cometidas por las fuerzas de seguridad y grupos paramilitares. Quedó en libertad al cabo de nueve días por falta de pruebas, y en febrero de 2003 se cerró la investigación criminal iniciada contra ella.
María Lucero Henao murió de un disparo el 6 de febrero de 2004. Esa noche, unos hombres armados, pertenecientes presuntamente al grupo paramilitar Bloque Centauros, se la llevaron de su casa, junto con su hijo de 16 años. Su madre y otros niños los siguieron, tratando de intervenir, pero los paramilitares los obligaron a regresar a la casa. Dos minutos después, la familia oyó disparos, pero no se atrevió a salir a la calle hasta el amanecer. Entonces encontró los cadáveres de María Lucero y su hijo, Yamid Daniel, a las afueras del pueblo.
María Lucero era presidenta de la Junta Acción Comunal de la zona de Puerto Esperanza, municipio de El Castillo, departamento de Meta. La mayoría de las familias de su comunidad habían huido tras una incursión realizada por los paramilitares el 2 de agosto de 2001. Desde entonces, María Lucero defendía los derechos de quienes se habían quedado. Se había reunido con delegaciones diplomáticas y con representantes de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y del Defensor del Pueblo para denunciar violaciones de derechos humanos contra miembros de la comunidad cometidas presuntamente por los paramilitares.
Había recibido amenazas de muerte en dos ocasiones y sobrevivido a un atentado anterior contra su vida. En una ocasión, sus familiares le dijeron que alguien había venido a buscarla, pero que ellos no habían abierto la puerta. Poco después, varios hombres, que eran, al parecer, conocidos miembros de grupos paramilitares, habían aparcado un camión delante de su casa y habían puesto música a un volumen muy alto. Uno de ellos había dicho que esa vez no iban a matarla porque aún no tenían órdenes de hacerlo.
Según información recibida por Amnistía Internacional, las investigaciones sobre los homicidios de María Lucero y su hijo no han avanzado: no se ha hecho rendir cuentas a nadie, a pesar de que los secuestradores han sido identificados por testigos y de que se les ve habitualmente por la zona.
Capítulo 5: La protección de los defensores y defensoras de los derechos humanos en Colombia
El programa de protección del Ministerio del Interior y Justicia
Debido a la fuerte presión nacional e internacional, las autoridades colombianas se han visto obligadas a tomar medidas concretas para proteger a los defensores de los derechos humanos de los peligros extremos que corren. Con tal fin, se han creado varios programas administrados por el Ministerio del Interior y Justicia que abarcan medidas concretas, entre las que puede figurar el empleo de guardias de seguridad, chalecos antibalas, equipo de comunicación y transporte especial de protección. Tales medidas son esenciales para quienes corren un peligro inmediato. Sin embargo, los defensores de los derechos humanos han expuesto diversos motivos de preocupación con respecto a la aplicación de estos programas, muchos de los cuales se pusieron de relieve en una evaluación oficial en 2002. El trabajo de investigación realizado por Amnistía Internacional indica que algunos de los problemas identificados en 2002 persisten.
Entre los principales motivos de preocupación figuran la lentitud y burocracia del proceso de solicitud de la protección y la participación del DAS en los procedimientos seguidos para determinar si el defensor de los derechos humanos en cuestión necesita protección. En los últimos años, ex empleados de los servicios de inteligencia han denunciado connivencia entre el DAS y grupos paramilitares, que se ha traducido en acciones como proporcionar a los paramilitares información personal detallada sobre defensores de los derechos humanos y activistas sociales y crear "listas de muerte" que se pasaban después a los paramilitares. Asimismo, también ha habido agentes del DAS implicados en violaciones de derechos humanos en el pasado.
Sobre todo, los defensores de los derechos humanos han puesto en duda la eficacia de las medidas dado el elevado número de ellos, así como de sindicalistas, que continúan siendo víctimas de asesinato. Las investigaciones de Amnistía Internacional siguieren que la cuestión fundamental sigue siendo la falta de determinación política por parte de las autoridades para poner fin a la impunidad de los delitos contra defensores de los derechos humanos e identificar y poner a disposición judicial a quienes los cometen. Para ser efectiva, la protección de los defensores de los derechos humanos ha de estar basada en una política estatal coherente y exhaustiva, que reconozca la legitimidad del trabajo de estas personas.
Medidas y políticas del gobierno
Desde 1997, los sucesivos gobiernos colombianos han dictado diversas directivas que reconocen formalmente el trabajo de los defensores de los derechos humanos.(25) Todas ellas tenían por objeto impedir que los funcionarios públicos hicieran declaraciones que generaran un clima de hostilidad o pusieran en tela de juicio la legitimidad del trabajo de los defensores de los derechos humanos.
Estas directivas transmitían el mensaje de que para el presidente y los ministros, el trabajo de los defensores de los derechos humanos era importante. Sin embargo, tal mensaje se veía considerablemente menoscabado por la ausencia en las directivas de toda mención a sanciones aplicables a los funcionarios que hicieran declaraciones hostiles sobre defensores de los derechos humanos.
El gobierno del presidente Uribe ha manifestado que las directivas dictadas por administraciones anteriores continúan en vigor, pero, de acuerdo con la información de que dispone Amnistía Internacional, no ha tomado ninguna medida para hacerlas cumplir. Al contrario, el presidente Uribe y otros altos cargos públicos han hecho varias declaraciones negativas que contradicen las directivas. Debido a la falta de compromiso político para hacerlas cumplir rigurosamente, las directivas han surtido escaso efecto, por lo que sigue siendo habitual que los funcionarios formulen públicamente y sin ningún fundamento acusaciones dirigidas a menoscabar la legitimidad del trabajo de los defensores de los derechos humanos.
En los niveles más altos, las autoridades han hecho declaraciones que contradicen totalmente la política oficial de apoyo a los defensores de los derechos humanos. Un ejemplo de ello, al que se dio gran publicidad, ocurrió en septiembre de 2003, cuando, durante un acto público organizado con motivo de la investidura del nuevo jefe de la Fuerzas Armadas, el presidente Álvaro Uribe tachó a algunas personas que se mostraban críticas con el gobierno de "politiqueros al servicio del terrorismo", y añadió: "Cada vez que en Colombia aparece una política de seguridad para derrotar el terrorismo, cuando los terroristas empiezan a sentirse débiles, inmediatamente envían a sus voceros a que hablen de derechos humanos."(26)
En febrero de 2004, durante una reunión de la Comisión de Asuntos Exteriores del Parlamento Europeo, el presidente Álvaro Uribe acusó a un miembro de la Corporación Colectivo de Abogados "José Alvear Restrepo", presente en la reunión, de pertenecer a un grupo "que se escuda detrás de su calidad de organización de derechos humanos para defender a la guerrilla."
Varias organizaciones colombianas de derechos humanos entablaron acciones legales en respuesta a estas declaraciones. Presentaron una acción de tutela ante la Corte Constitucional, que, en noviembre de 2004, se pronunció señalando que el presidente y los demás representantes públicos debían abstenerse de hacer declaraciones públicas que pudieran violar derechos fundamentales. Los funcionarios públicos tienen el deber de proteger estos derechos, por lo que sus declaraciones públicas deben ser razonables, estar basadas en hechos y no exponer a grupos en situación de riesgo, como los defensores de los derechos humanos, a mayor peligro. La Corte declaró que el trabajo de los defensores de los derechos humanos es legítimo y de especial importancia para hacer respetar el Estado de derecho.(27)
Sin embargo, esta sentencia de la Corte Constitucional no ha impedido al presidente Álvaro Uribe ni a otros funcionarios del Estado formular más acusaciones en público. Altos cargos públicos han continuado presentando a las personas que se muestran críticas con la política de seguridad del gobierno como aliados de la guerrilla.
Los defensores de los derechos humanos han pedido que se lleve a cabo una campaña pública para promover el valor y la importancia de su trabajo. En diciembre de 2005, Amnistía Internacional tuvo noticia de una campaña gubernamental de información dirigida a dar notoriedad al trabajo de sindicalistas, periodistas y defensores de los derechos humanos. Según informes, con tal fin se utilizarían lemas como "Defiende al Defensor de los Derechos Humanos" y "Derechos Humanos, el Mejor Plan". La campaña iba a anunciarse en distintos medios de comunicación y, de acuerdo con la información recibida, incluiría 110 boletines informativos, informes y reseñas de 12 departamentos, dirigidos a poner de relieve diversos casos exitosos de protección de los derechos humanos. También iban incluidos en ella tres spots publicitarios emitidos en 14 canales.
Sin embargo, no parece haber mucha información sobre la campaña ni que se haya difundido ésta ampliamente. Aunque parece que se emiten por televisión los spots publicitarios, son poco frecuentes y, según la información disponible, no van apoyados, como se prometió, por emisiones de radio, boletines informativos u otros informes. Es poco probable que estos spots tengan por sí solos mucho impacto. La introducción de mejoras reales en la protección de los defensores de los derechos humanos ha de incluir una revisión exhaustiva de los mensajes que transmiten las autoridades, incluidos los discursos presidenciales y otras declaraciones públicas, y el compromiso político firme de garantizar que se apoya, no se menoscaba, el trabajo de los defensores de los derechos humanos.
Los archivos de los servicios de inteligencia militar
Los defensores de los derechos humanos han pedido reiteradamente que se lleve a cabo un examen exhaustivo de la información existente sobre ellos en los archivos de los servicios de inteligencia militar que pueda estar sesgada o ser malinterpretada. Como demuestran algunos de los casos expuestos en el presente informe, a menudo se han utilizado datos de tales archivos como prueba en relación con cargos penales falsos presentados contra defensores de los derechos humanos.
En 1998, las autoridades colombianas se comprometieron a llevar a cabo un examen de estos archivos, y en agosto de 1999 dijeron que el procurador general de la Nación lo había realizado y había entregado la información al vicepresidente. Sin embargo, a pesar de reiterados llamamientos de defensores de los derechos humanos de Colombia, organizaciones internacionales (incluida Amnistía Internacional) y organismos internacionales (como el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos), el gobierno no ha informado de los resultados del examen. Tampoco ha regulado el uso de la información de los archivos ni encargado exámenes periódicos.
Capítulo 6: La respuesta internacional
La ONU y el sistema interamericano de promoción y protección de los derechos humanos han expresado reiteradamente su preocupación por el hecho de que la situación de los defensores de los derechos humanos en Colombia no mejore.(28)
En su informe anual 2005, la CIDH lamentó que las autoridades continuaran desacreditando públicamente a los defensores de los derechos humanos. La Comisión mencionó en concreto las declaraciones del presidente en que se acusaba a líderes de la Comunidad de Paz de San José de Apartadó de ayudar a la guerrilla (véase el capítulo 4). Reiteró cuán importante era que los funcionarios públicos se abstuvieran de formular acusaciones contra defensores de los derechos humanos que pudieran exponerlos aún más a sufrir atentados. La Comisión puso de relieve cómo en Colombia la generalidad y vaguedad de las acusaciones contra defensores de los derechos humanos y sus organizaciones se habían visto seguidas de un aumento del hostigamiento y las amenazas y pidió al gobierno que diera instrucciones explícitas a los funcionarios del Estado a este respecto e impusiera sanciones disciplinarias a los que no las cumplieran.(29)
La Representante Especial del Secretario General de las Naciones Unidas sobre la situación de los defensores de los derechos humanos, Hina Jilani, también ha expresado honda preocupación por el aumento del número de declaraciones de funcionarios públicos que estigmatizan a los defensores de los derechos humanos tachándolos de "enemigos". Ha señalado que tales declaraciones aumentan para ellos el riesgo de ataques de los paramilitares y de detenciones y redadas de las fuerzas de seguridad nacional. Asimismo, la representante especial ha criticado algunos aspectos de la política de seguridad democrática del gobierno, en particular el uso de informantes pagados y la eliminación de la distinción entre civiles y combatientes, que expone a los primeros, en particular a los defensores de los derechos humanos, a niveles inadmisibles de riesgo.(30) Ha indicado que la política de seguridad democrática ha comportado detenciones masivas y registros en gran escala, dando lugar a la detención de miembros de ONG y a registros de sus oficinas, lo que ha menoscabado su capacidad para realizar su trabajo.(31) También ha puesto de relieve la necesidad de deshacer los vínculos entre los paramilitares y los funcionarios públicos y ha planteado la cuestión de las agresiones verbales contra la credibilidad de los defensores.(32)
La Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Louise Arbour, también ha puesto de relieve la difícil situación de los defensores de los derechos humanos en Colombia. En particular ha llamado la atención sobre las continuas amenazas y homicidios, las detenciones arbitrarias y los cargos basados en declaraciones cuestionables de informantes, y los efectos negativos de las declaraciones públicas de los funcionarios del Estado en que se cuestiona la legitimidad del trabajo de los defensores de los derechos humanos.(33) Asimismo, ha expresado preocupación por los informes sobre casos de amenazas contra defensores de los derechos humanos en los que los responsables parecían tener gran cantidad de información sobre las víctimas(34) y en los que los defensores habían cuestionado las negociaciones con los grupos paramilitares o la aplicación de la política de seguridad democrática o tenían vínculos con el Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado.(35)
La Alta Comisionada ha recordado también al gobierno colombiano su promesa de examinar la información sobre defensores de los derechos humanos contenida en los archivos de los servicios de inteligencia del Ministerio de Defensa, señalando que no se han realizado avances concretos en este sentido, no se han determinado criterios ni parámetros para el registro de la información ni se han establecido directrices con respecto al tiempo que puede conservarse la información.(36) Ha recomendado que el gobierno promueva una legislación que regule adecuadamente el uso de los archivos de inteligencia militar, incluyendo el procedimiento aplicable para su revisión anual por parte de la Procuraduría General, con el fin de excluir de los registros datos erróneos o tendenciosos sobre defensores de los derechos humanos.(37)
Capítulo 7: Conclusiones y recomendaciones
A pesar de los diversos programas de apoyo y protección creados, en Colombia los defensores de los derechos humanos continúan siendo objeto de amenazas, intimidación y atentados. La persistencia y magnitud de estos abusos es una clara señal de que falta determinación política para garantizar que los defensores de los derechos humanos pueden realizar su trabajo en condiciones de seguridad. Sólo se puede crear un ambiente de apoyo a los defensores de los derechos humanos si su trabajo cuenta con el respaldo firme de las autoridades y si se toman medidas para poner fin a la impunidad y llevar ante la justicia a los autores de atentados contra defensores de los derechos humanos.
El Programa de Protección de los defensores de los derechos humanos administrado por el Ministerio del Interior y Justicia se ha centrado en la aplicación de medidas de protección inmediata. No está concebido para tener efectos a largo plazo ni modificar las condiciones básicas en que trabajan los defensores de los derechos humanos.
Se han dictado directivas instando a los funcionarios públicos a apoyar y respetar el trabajo de los defensores de los derechos humanos. Sin embargo, el propio presidente las ha incumplido en reiteradas declaraciones públicas en las que ha acusado a defensores de los derechos humanos de estar relacionados con la guerrilla. Todo valor que las directivas pudieran haber tenido se ha visto menoscabado por estas declaraciones y por la ausencia de sanciones contra quienes las incumplen.
Estas declaraciones públicas resultan aún más preocupantes si se tiene en cuenta la arraigada hostilidad mostrada por miembros de las fuerzas de seguridad y sus aliados paramilitares hacia los defensores de los derechos humanos y su convencimiento de que las actividades de derechos humanos son sinónimo de actividades de la guerrilla. Amnistía Internacional considera motivo de preocupación la relación entre las declaraciones públicas en que se asocia a los defensores de los derechos humanos con terroristas y las amenazas, registros y detenciones injustificadas de que son objeto los defensores de los derechos humanos.
El Estado tiene la obligación de garantizar que los defensores de los derechos humanos pueden realizar su trabajo libremente, sin intromisiones ni miedo a sufrir amenazas, represalias o discriminación. En el marco de las medidas que es preciso tomar para garantizar este derecho, el presidente Uribe y su gobierno deben mostrar públicamente el firme compromiso de apoyar las actividades legítimas tanto de los defensores de los derechos humanos que trabajan en grandes organizaciones de derechos humanos de ámbito nacional como de los que desarrollan su labor en organizaciones locales de base o en sus propias comunidades.
Amnistía Internacional reconoce la importancia de las medidas prácticas adoptadas para garantizar protección física inmediata a los defensores de los derechos humanos en Colombia. No obstante, estas medidas y los decretos y directivas presidenciales de apoyo a los defensores de los derechos humanos no bastan. No se pueden realizar mejoras reales de la situación de los defensores de los derechos humanos si quienes cometen, ordenan y planean los atentados contra ellos no son puestos a disposición judicial. Como muestra el presente informe, el gobierno colombiano incumple constantemente su obligación, contraída en virtud del derecho internacional y de su legislación interna, de iniciar investigaciones exhaustivas y adecuadas sobre los abusos y amenazas contra defensores de los derechos humanos, poner a los responsables a disposición judicial y proporcionar reparación a las víctimas.
Amnistía Internacional considera motivo de preocupación el uso de cargos penales infundados contra defensores de los derechos humanos. Tales cargos y acusaciones parecen tener por objeto castigar a los defensores de los derechos humanos por su labor, pero además restan tiempo y recursos al trabajo en favor de los derechos humanos, ya que los defensores no pueden realizarlo por estar detenidos o tener que ocuparse de defenderse de los cargos presentados contra ellos. En algunos de los casos examinados por Amnistía Internacional, las investigaciones criminales contra los defensores de los derechos humanos han seguido abiertas, tras quedar éstos en libertad, durante más tiempo del permitido por la ley, incluso sin haber pruebas creíbles.
A menudo se presenta a los defensores de los derechos humanos como delincuentes o miembros de la guerrilla, por lo que incluso cuando son absueltos de todos los cargos su reputación queda empañada. Esta imagen pública prepara el terreno para que los grupos paramilitares se fijen en ellos y los ataquen.
Es esencial que las autoridades garanticen que las salvaguardias jurídicas relativas al debido proceso se respetan. No deben aceptarse declaraciones de informantes pagados como única base para entablar acciones judiciales contra defensores de los derechos humanos. También debe regularse la admisión como prueba de información de los archivos de inteligencia militar, y tienen que examinarse anualmente tales archivos para garantizar que no contienen información errónea ni tendenciosa.
Con el presidente Uribe embarcado en su segundo mandato, su gobierno tiene una segunda oportunidad para garantizar con mano firme la seguridad de los defensores de los derechos humanos y la existencia de condiciones de seguridad para que realicen su trabajo legítimo.
Recomendaciones
Amnistía Internacional insta al gobierno colombiano a cumplir plenamente su obligación de proteger a los defensores y defensoras de los derechos humanos adoptando y aplicando las medidas siguientes:
Garantizar el reconocimiento público del trabajo de los defensores y defensoras de los derechos humanos
1. Reafirmar en público su compromiso de garantizar la protección de los defensores de los derechos humanos y dejar de hacer declaraciones públicas que pongan en tela de juicio su trabajo legítimo, como los pronunciamientos en que se equipara éste con prestar apoyo a la guerrilla.
2. Informar a los cargos públicos de todos los niveles de su obligación de respetar y proteger los derechos humanos y de facilitar el trabajo de los defensores de los derechos humanos y colaborar plenamente con ellos.
3. Tomar medidas efectivas para garantizar que todos los funcionarios públicos, incluidos los miembros de las fuerzas de seguridad, reconocen la legitimidad del trabajo de los defensores de los derechos humanos y que los que hagan acusaciones infundadas o no corroboradas son objeto de las debidas sanciones.
Adoptar medidas efectivas para prevenir las amenazas, atentados y homicidios contra defensores o defensoras de los derechos humanos
4. Garantizar que se realizan investigaciones exhaustivas e imparciales sobre las violaciones de derechos humanos contra defensores de los derechos humanos, que se pone a los responsables a disposición judicial y que se ofrece reparación a las víctimas o a sus familiares. Los resultados de tales investigaciones deben hacerse públicos.
5. Garantizar que los autores de violaciones de derechos humanos contra defensores de los derechos humanos no se benefician de ninguna medida jurídica que les exima de ser sometidos a un proceso penal o condenados. Las medidas legislativas que impidan llevar a cabo investigaciones completas y concluyentes sobre los casos de violación de derechos humanos contra defensores de los derechos humanos, como la Ley de Justicia y Paz y el Decreto 128, deben revocarse.
6. Garantizar que los miembros de las fuerzas de seguridad objeto de investigaciones formales por violaciones de derechos humanos son retirados de inmediato del servicio activo hasta que concluyan las investigaciones.
7. Garantizar que la desmovilización de los grupos paramilitares se lleva a cabo de manera efectiva y que los que actúan con la complicidad o el consentimiento de las fuerzas de seguridad son disueltos, desarmados y procesados.
8. Mejorar el funcionamiento de los programas gubernamentales para garantizar la protección de la integridad física de los defensores de los derechos humanos. Las medidas que se adopten para conseguir que los programas sean más efectivos y menos burocráticos deben examinarse junto con representantes de los defensores de los derechos humanos y demás grupos afectados. Todas las medidas de protección de defensores de los derechos humanos deben decidirse junto con los defensores de los derechos humanos afectados.
9. Garantizar la aplicación plena de las recomendaciones y resoluciones internacionales sobre los defensores de los derechos humanos adoptadas por el sistema interamericano de derechos humanos y la ONU. Deben tomarse las debidas medidas para vigilar la aplicación.
Recomendaciones para impedir que se detenga arbitrariamente a defensores o defensoras de los derechos humanos o se presenten cargos penales infundados contra ellos
10. Adoptar la legislación necesaria para regular el uso de los archivos de inteligencia militar. Establecer procedimientos para el examen anual de tales archivos por parte de la Procuraduría General. Los defensores de los derechos humanos deben participar en la elaboración de los criterios y parámetros necesarios para garantizar que no hay datos erróneos ni tendenciosos sobre defensores y organizaciones de derechos humanos en tales archivos.
11. Tomar medidas efectivas para investigar a los funcionarios del Estado que hagan uso indebido del sistema de justicia penal en perjuicio de miembros de organizaciones sociales y de derechos humanos a fin de someterlos a hostigamiento o de restringir sus actividades legítimas de defensa de los derechos humanos y las libertades fundamentales. Garantizar a los defensores de los derechos humanos igualdad de acceso a la ley y que las investigaciones y procesos judiciales iniciados contra ellos se llevan a cabo de acuerdo con las normas internacionales sobre juicios justos establecidas en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
12. Acceder públicamente a la solicitud del Grupo de Trabajo de la ONU sobre la Detención Arbitraria de visitar Colombia.
Recomendaciones a la comunidad internacional
13. Ayudar al gobierno colombiano en sus esfuerzos por mejorar los programas de protección y demás medidas adoptadas para impedir las amenazas y atentados contra defensores de los derechos humanos. Explicar claramente que en la Declaración de la ONU sobre los Defensores de los Derechos Humanos se piden no sólo medidas prácticas de protección, sino también medidas globales para prevenir las violaciones de derechos humanos y abordar sus causas básicas.
14. Instar al gobierno colombiano a aplicar plenamente las recomendaciones formuladas por la representante especial del secretario general de las Naciones Unidas sobre la situación de los defensores de los derechos humanos, la alta comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y el sistema interamericano de derechos humanos.
15. Expresar preocupación, en sus relaciones con el gobierno colombiano, sobre el hecho de que no tome medidas para prevenir los abusos contra los derechos humanos de que son objeto los defensores de los derechos humanos y someter a juicio y condenar a sus autores.
16. Brindar apoyo y legitimidad a los defensores de los derechos humanos para que puedan realizar su trabajo sin temor.
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(1) Defensores de derechos humanos: apoyo a las tareas que desarrollan las personas, grupos y organizaciones de la sociedad civil para la promoción y protección de los derechos humanos en las Américas, G/RES. 2177 (XXXVI-O/06), 2006.
(2) El artículo 93.1 de la Constitución de Colombia dispone: "Los tratados y convenios internacionales ratificados por el Congreso, que reconocen los derechos humanos y que prohíben su limitación en los estados de excepción, prevalecen en el orden interno. Los derechos y deberes consagrados en esta Carta, se interpretarán de conformidad con los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Colombia".
(3) Véase Colombia: La protección de los defensores de los derechos humanos: Un paso adelante y tres atrás, Índice AI: AMR 23/022/2000.
(4) La función de la Procuraduría General de la Nación consiste en abrir investigaciones disciplinarias sobre las denuncias de conducta indebida, incluidas violaciones de derechos humanos, por parte de funcionarios públicos, como los miembros de las fuerzas de seguridad.
(5) La Fiscalía General de la Nación se estableció en virtud de las Constitución de 1991 para abrir investigaciones y enjuiciamientos por todos los delitos cometidos en Colombia, incluidos los abusos y violaciones de derechos humanos.
(6) Colombia: La protección de los defensores de los derechos humanos: Un paso adelante y tres atrás (Índice AI: AMR 23/022/2000); Colombia: «¡Basta ya!»: La represión de los defensores de los derechos humanos (Índice AI:: AMR 23/048/1999, AMR: 23/016/1999 y AMR 23/021/1999), y Colombia: Aumentan los ataques contra defensores de los derechos humanos (Índice AI: AMR 23/017/1998).
(7) Con la política de seguridad democrática, introducida por el gobierno del presidente Álvaro Uribe, se ha intentado recuperar territorio que está bajo el control de la guerrilla reforzando a las fuerzas armadas y aumentando el número de efectivos militares y policiales para asegurar su presencia en todas las zonas de Colombia. Aunque ha mejorado la seguridad en algunas regiones, especialmente en las carreteras principales, esta política ha vuelto a las comunidades más vulnerables, sobre todo en las zonas objeto de conflicto militar, pues con arreglo a ella se han introducido medidas que amenazan con obligar a los civiles a involucrarse aún más en el conflicto o se ha animado a las fuerzas de seguridad a desempeñar un papel más activo en la coordinación de las detenciones de individuos a los que acusen de subversivos.
(8) Para más información sobre el proceso de desmovilización, véase Colombia. Los paramilitares en Medellín: ¿desmovilización o legalización? (Índice AI: AMR 23/019/2005).
(9) En la mayoría de los casos, la desmovilización de los paramilitares y la guerrilla se ha hecho en virtud del Decreto 128 de 2003, que concede beneficios legales y económicos a los miembros de grupos armados que se hayan desmovilizado. Entre esos beneficios se encuentran el "indulto, suspensión condicional de la ejecución de la pena, la cesación de procedimiento, la preclusión de la instrucción o la resolución inhibitoria". Se excluye de estos beneficios a "quienes estén siendo procesados o hayan sido condenados por delitos que de acuerdo a la Constitución Política, a la ley o a los tratados internacionales suscritos y ratificados por Colombia no puedan recibir esta clase de beneficios". El 22 de julio de 2005 se ratificó la Ley de Justicia y Paz, aplicable a quienes estén siendo objeto de una investigación o hayan sido condenados por abusos contra los derechos humanos. Debido al alto grado de impunidad existente en Colombia, la mayoría de los paramilitares y los miembros de la guerrilla no están siendo investigados por tales delitos.
(10) Véanse, por ejemplo, Colombia: Más información sobre Temor por la seguridad - Mónica Madero Vergel y otros miembros de CREDHOS (Índice AI: AMR 23/067/2000); Colombia: Más información sobre temor por la seguridad – Pablo Javier Arenales, José Guillermo Larios y Yaneth Rubio Rodríguez (Índice AI: AMR 23/103/2002); Colombia: Más información sobre temor por la seguridad – Pablo Javier Arenales, José Guillermo Larios y Yaneth Rubio Rodríguez (Índice AI: AMR 23/027/2002); Colombia: Temor por la seguridad y amenazas de muerte – Miembros de CREDHOS, miembros de ASFADDES y otros defensores de los derechos humanos de la región de Magdalena Medio (Índice AI: AMR 23/080/2000); Colombia: Más información sobre temor por la seguridad (Índice AI: AMR 23/035/2001), y Colombia: Más información sobre temor por la seguridad y amenazas de muerte (Índice AI: AMR 23/016/2004).
(11) Para más información, véase la Acción Urgente Colombia: Temor por la seguridad y amenazas de muerte - David Ravelo Crespo, Georgina Morales y otros miembros de CREDHOS (Índice AI: AMR 23/018/2005).
(12) Según la información recibida, hasta el 3 de enero de 2006 habían estado destacadas en la comunidad tropas del Batallón de Contrainsurgencia 42, "Héroes de Barbacoas". El 2 de enero, hacia mediodía, entraron también en la comunidad tropas del Batallón de Contrainsurgencia 40, "Héroes de Santuario".
(13) El 23 de marzo de 1997 entraron en la comunidad grupos paramilitares; cinco personas fueron víctimas de homicidio, y otra "desapareció". En febrero de 2000 entraron de nuevo grupos paramilitares y durante tres días violaron, presuntamente, a miembros de la comunidad; según informes, 100 personas fueron víctimas de homicidio o "desaparecieron". Y también las FARC han atacado a miembros de la comunidad y a activistas de derechos humanos de El Salado. El 12 de diciembre de 2003, Luis Torres informó a la Defensoría Regional de los Derechos Humanos de que las FARC habían advertido a miembros de la comunidad de que entrarían en ésta si no se marchaban antes del 14 de diciembre de 2003.
(14) Príncipe Gabriel González había denunciado haber recibido amenazas del grupo paramilitar AUC el 25 de febrero de 2003 y el 15 de junio de 2005. Debido a la difícil situación en que se encontraba desde el punto de vista de la seguridad, decidió marcharse de Bucaramanga durante cinco meses en 2005.
(15) Según el abogado, las declaraciones escritas de los testigos estaban redactadas exactamente igual, incluso con los mismos errores de ortografía. En el sumario se decía que dos de los tres presuntos guerrilleros desmovilizados que habían testificado contra Alfredo Correa no habían podido ser identificados.
(16) "Entrevista exclusiva con Rafael García", Semana, 8 de abril del 2006, http://www.semana.com.co/wf_InfoArticuloNormal.aspx?IdArt=93812
(17) Para más información sobre las comunidades de paz, véase Colombia: Retorno a la esperanza (Índice AI: AMR 23/023/2000).
(18) Cita de una carta enviada por el presidente Uribe a Amnistía Internacional el 16 de octubre de 2002.
(19) En 2002, en el marco de su política de seguridad democrática, el gobierno de Uribe declaró que iba a crear un ejército de soldados campesinos, que actuarían en zonas próximas a sus comunidades o en éstas mismas. Amnistía Internacional ha expresado su preocupación por esta iniciativa, porque considera que entraña el riesgo de militarizar la vida familiar y comunitaria en las zonas donde se reclute a campesinos soldados. Para más información sobre este asunto, véase el informe de Amnistía Internacional Colombia – Un laboratorio de guerra: Represión y violencia en Arauca (Índice AI: AMR 23/004/2004).
(20) La creación de una red de informantes es otra medida adoptada en el marco de la política de seguridad democrática del gobierno. En varios procesos judiciales se ha revelado que estos informantes han sido pagados y entrenados por las fuerzas de seguridad o los servicios de inteligencia para testificar en contra de activistas sociales y defensores de los derechos humanos. Para más información sobre los informantes, véase el informe de Amnistía Internacional Colombia – Un laboratorio de guerra: Represión y violencia en Arauca (Índice AI: AMR 23/004/2004).
(21) Situado en el litoral pacífico y con un alto porcentaje de población afro-descendiente, Chocó es uno de los departamentos más pobres de Colombia.
(22) Véase Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 6 de marzo de 2003, párr. 2.e
(23) Una reforma constitucional de 1991 reconoció la propiedad colectiva de las tierras de las comunidades afro-descendiente. En la Ley 70 de 1993 se recogen otros derechos de estas comunidades con respecto a la cultura, la tierra y la participación en los procesos de toma de decisiones.
(24) Para más información sobre la historia de la comunidad de paz de San José de Apartadó, véase Colombia: Retorno a la esperanza (Índice AI: AMR 23/023/2000).
(25) En total se han dictado tres directivas presidenciales y una ministerial, a saber: la Directiva Presidencial 011 de 1997; la Directiva Presidencial 07 de 1999, relativa al respaldo, interlocución y colaboración del Estado con las organizaciones de derechos humanos, , la Directiva Presidencial 07 de 2001, relativa al respaldo, interlocución y colaboración del Estado con las organizaciones que realizan trabajo humanitario, y la Directiva Ministerial 09 de 2003, sobre políticas de defensa nacional referentes a la protección de los derechos humanos de sindicalistas y defensores de los derechos humanos.
(26) Discurso presidencial publicado en El Tiempo, 9 de septiembre de 2003, y en el sitio web de la Presidencia http://www.presidencia.gov.co/discursos/framdis.htm.
(27) Corte Constitucional, Sala Sexta de Revisión, Sentencia: T-1191/04, del 25 de noviembre de 2004.
(28) Véanse, por ejemplo, Promotion and protection of human rights: human rights defenders, (Promotion and protection of human rights: human rights defenders), Report of the Special Representative of the Secretary-General, Hina Jilani, Addendum, Summary of cases transmitted to Governments and replies received, 16 de marzo, 2005, E/CN.4/2005/101/Add.1, párr. 210, e Informe anual de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos 2005, OEA/Ser.L/V/II.124, Doc. 7, 2006,"Capítulo IV- Desarrollo de los derechos humanos en la región", párr. 32.
(29) Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Informe anual 2005, cap. IV, párrs 34-36, http://www.cidh.org/annualrep/2005sp/cap.4.htm#COLOMBIA
(30) Promotion and protection of human rights: human rights defenders, párr. 206.
(31) Promotion and protection of human rights: human rights defenders, párr. 209.
(32) Promotion and protection of human rights: human rights defenders, párr. 212.
(33) Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en Colombia, E/CN.4/2006/009, 20 de enero de 2006, Anexo IV, párrs. 2 y 4.
(34) Informe de la Alta Comisionada, nota al pie 33.
(35) Informe de la Alta Comisionada, Anexo IV, párr 3.
(36) Informe de la Alta Comisionada, párr. 102.
(37) Informe de la Alta Comisionada, Anexo I, párr. 6.
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